(Caracas, 26/01/2017, ROEAE) La Red de Observación Electoral de la Asamblea de Educación (ROAE) hace un enérgico llamado al CNE, como órgano rector encargado de la “organización, administración dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular” para que cumpla con su deber de atender los requerimientos de la ciudadanía y actúe con prontitud y diligencia ante los numerosos procesos electorales pendientes en las diversas esferas de la sociedad venezolana.

A continuación el comunicado completo:

El derecho del voto es un elemento fundamental del funcionamiento de las sociedades democráticas. Por su intermedio los ciudadanos transfieren temporalmente su poder a representantes o dirigentes de su preferencia, dirimen sus diferencias políticas, organizan y renuevan las instituciones y defienden sus derechos, de manera civilizada, pacífica y solidaria. Y si bien es cierto que el voto por sí solo no define el carácter democrático de una sociedad, su inexistencia es un signo inequívoco de debilitamiento del régimen democrático.

“Por ello preocupa a la Red de Observación Electoral de Asamblea de Educación la virtual congelación del derecho del voto que se observa en diversos ámbitos del quehacer nacional, que se manifiesta en la obstaculización de su ejercicio por exigencias, trabas o demoras impuestas por diversas instancias de poder”.

En primer lugar, a nivel nacional, está la paralización indefinida del proceso de referéndum revocatorio del presidente de la República, basado en una dudosa intervención judicial, que dio lugar a la suspensión, por parte del CNE, de la recolección de firmas de apoyo a la realización de dicho referéndum.

En este mismo sentido, cabe también señalar la elección de gobernadores y legisladores estadales, que correspondía hacer antes de que finalizara el año 2016 y cuya realización fue anunciada por el CNE para el primer semestre del 2017, produciendo así una prolongación ilegal del período de funciones de los gobernadores y legisladores que debían finalizar su ejercicio en diciembre del 2016.

En los dos casos anteriores es responsabilidad absoluta y única del CNE que esas elecciones no se hayan llevado a cabo.

En segundo término está también la situación que viven desde hace varios años las principales universidades nacionales, al verse imposibilitadas de llevar a cabo la elección periódica de sus autoridades. Ello se debe a la suspensión de todo tipo de elecciones universitarias que les impuso una sentencia del TSJ del 14 de diciembre del 2011, donde se les exige presentar un reglamento de votación que contenga disposiciones relativas a la composición de la comunidad universitaria, con derecho a participar en la elección de las autoridades y los representantes profesorales y estudiantiles.

Las universidades consideran que dicha exigencia es contraria a la autonomía universitaria establecida en la Ley de Universidades vigente. La situación mantiene en sus cargos a rectores, vicerrectores y decanos cuyos períodos vencieron en muchos casos ya el año 2012, con lo cual se crean persistentes problemas de gobernabilidad en esas casas de estudio.

En tercer término y de manera similar, diversas organizaciones sindicales y gremios profesionales se ven impedidas de llevar a cabo la elección de sus directivas, dada la existencia de una suerte de tutelaje electoral ejercido por el CNE y avalado por sentencias del TSJ, que, según reclaman diversos sindicatos, interfiere la autonomía de tales organizaciones en la elección de sus dirigentes, violando de ese modo un conjunto de acuerdos internacionales que rigen en el país. Esta paralización afecta, entre otras cosas, la discusión de los contratos colectivos, asunto de primordial importancia para los trabajadores.

En nuestro carácter de organización defensora de los derechos electorales de los venezolanos, hacemos un enérgico llamado al CNE, como órgano rector encargado de “La organización, administración dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular…” (Art. 292.5 de la CRBV), así como el numeral 6 del mismo artículo señala que es responsabilidad del CNE: “organizar la elección de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines políticos…” para que cumpla con su deber de atender los requerimientos de la ciudadanía y actúe con prontitud y diligencia para que se lleven a cabo los numerosos procesos electorales pendientes en las diversas esferas de la sociedad venezolana.