(Caracas, 03.04.2018). Las organizaciones defensoras de Derechos Humanos que suscribimos el siguiente comunicado, varias de ellas con extensa trayectoria en la atención de niños, niñas y adolescentes que no cuentan con la protección de sus padres y familiares, nos hemos articulado para pronunciarnos ante la opinión pública en relación al contenido del reportaje publicado el día 27 de marzo de 2018, por el medio de comunicación digital El Nuevo Herald (@elnuevoherald), denominado “Pandillas de niños usan armas para asegurar la comida que dejan en la basura de Caracas” y firmado por Eduardo Freisler. Adicionalmente, el mencionado artículo fue replicado por otros medios de comunicación, los cuales utilizaron títulos como “En Caracas niños usan armas para resguardar la comida que hay en la basura” y “Caramelo, jefa de la pandilla que gobiernan los basureros de Chacao”, de manera que, tanto otros medios de comunicación social como -tuiteros- aprovecharon el contenido de la nota para reseñar al grupo de niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de calle en el municipio Chacao del estado Miranda.

En nuestra opinión, el artículo llama la atención sobre un solo asunto que al parecer alertó a su autor, y es el relativo a la presencia de niños que habitan en la calle y que se protegen entre ellos de las pandillas y otros peligros que acechan en los basureros de Chacao y otras zonas del Distrito Capital. Al centrarse solo en este aspecto de las realidades asociadas a la condición de desprotección y violación de derechos que enfrentan estos niños, niñas y adolescentes, desafortunadamente el reportaje es parcial y su contenido puede ser tergiversado o utilizado para asociar con la delincuencia y el delito a esta población, la cual más bien es víctima de múltiples y reiteradas agresiones, violencia y vulneración de sus derechos. Saludamos que los medios de comunicación se interesen en visibilizar la realidad de la infancia que no cuenta con la protección de su familia, pero consideramos que hay preguntas centrales a las que no responde el artículo, entre las que se encuentran: ¿Cuál es la respuesta concreta en cuanto a políticas públicas del Estado venezolano para garantizar la protección debida a niños, niñas y adolescentes que pernoctan en las calles?, ¿qué situación de pobreza, escasez o carestía determina que un ser humano busque el alimento que necesita en los desperdicios arrojados a la basura?, ¿qué circunstancias suceden para que niñas, niños y adolescentes no sigan recibiendo cuidados por sus padres, madres y familiares?, ¿qué servicios y programas ofrece el Sistema de Protección a niñas, niños y adolescentes en esta condición a nivel nacional?, ¿cómo manejan los organismos de seguridad su relación con esta población?, ¿a dónde pueden acudir estos niños para denunciar la vulneración de sus derechos? y ¿qué mecanismos existen para procesar tales denuncias?

Los comunicadores sociales tienen la responsabilidad de garantizar la dimensión ética en su trabajo y sus acciones no pueden poner en riesgo la integridad de las niñas y los niños causándoles daños psicológicos, morales o físicos. Con base a la normativa legal vigente es importante advertir que el texto publicado incumplió con la obligación impuesta en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), al exponer datos personales de las niñas y los niños entrevistados y al presentarlos como sujetos peligrosos, capaces de usar armas y formar parte de bandas territoriales que amenazan a la comunidad, ya que, si éste fuese el caso, lo que corresponde es informar a las autoridades competentes para que se aseguren las medidas de protección y resguardo de la ciudadanía en general y de cada uno de estos niños y adolescentes en particular. La exposición al público de estas presunciones significa una ofensa a la reputación, imagen y honra a la que tienen derecho estas niñas y estos niños y adolescentes. Por lo anterior, es oportuno el momento para reiterar al Estado y a la sociedad que la condición de desprotección en la cual se encuentran los niños, niñas y adolescentes en situación de calle, no disminuye su capacidad de exigir y gozar de derechos como cualquier otro ciudadano.

Las niñas, niños y adolescentes en situación de calle son Sujetos de Derechos y la sociedad está obligada a ser corresponsable en su protección. Así mismo, el Estado debe velar porque existan planes, políticas, programas, entidades y servicios personalizados y especializados, a nivel nacional, para que las y los menores de edad en situación de calle, desde un enfoque basado en los Derechos del Niño, tal y como lo establecen la Convención sobre los Derechos del Niño, la Constitución Nacional y la LOPNNA, puedan acceder a servicios básicos que les garanticen niveles de bienestar en lo relativo a salud, educación, recreación y deportes, entre otros. Además, el Estado venezolano debe velar porque el Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes les ofrezca servicios especializados en la calle, en los que participen profesionales capacitados con un conocimiento sólido de la realidad que afronta esta población.

Conforme a lo antes expuesto:

1) Solicitamos al medio de comunicación social y al periodista responsable de la nota que el reportaje sea completado con un trabajo de investigación que analice en su complejidad el caso expuesto y que, con la consulta a expertos, dé respuesta a las interrogantes supra señaladas.

2) Exigimos de los Gobiernos Nacional, Estadal y Municipal, asumir con prioridad absoluta y desde el enfoque de derechos, el diseño inmediato de una política intersectorial, en cuya construcción participen las organizaciones sociales y comunitarias con experiencia en la protección de niñas, niños y adolescentes en situación de calle, así como la asignación de recursos financieros y no financieros para la ejecución de esa política, en la que debe incluirse un componente de apoyo y fortalecimiento a familias vulnerables.

3) Ratificamos nuestra exhortación para que el Estado, con apoyo de las organizaciones sociales con experiencia en la protección de niñas, niños y adolescentes en situación de calle, sensibilice y capacite a otros interesados que entren en contacto directo o indirecto con los menores de edad en situación de calle, como es el caso de los trabajadores del transporte, los representantes de los medios de comunicación social, los líderes comunitarios, espirituales y religiosos y los agentes del sector privado como centros comerciales, expendios de licores, clubes nocturnos y restaurantes, a quienes hay que alentar a que adopten en sus prácticas la garantía y el respeto a los Derechos del Niño.

4) Alentamos a la sociedad y a las familias a que, convertidos en un gran movimiento por los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes, exijamos la protección debida para este grupo vulnerable de la población venezolana.

Suscriben el presente comunicado:

  1. Acceso a la Justicia
  2. Acción Solidaria
  3. ACCSI Acción Ciudadana Contra el SIDA
  4. Asamblea de Educación
  5. Asociación Civil Fuerza, Unión, Justicia, Solidaridad y Paz (FUNPAZ AC)
  6. Asociación Muchachos de la Calle
  7. AVESA, Asociación Venezolana para una Educación Sexual Alternativa
  8. Cátedra de la Paz
  9. CECODAP
  10. CENDIF-UNIMET
  11. Centro de Acción y Defensa por los Derechos Humanos (CADEF)
  12. Centro de Animación Juvenil, Valera estado Trujillo
  13. Centro de Apoyo Comunidad-Universidad, de la Universidad de Carabobo
  14. Centro de Justicia y Paz (CEPAZ)
  15. Civilis Derechos Humanos
  16. Coalición Clima21
  17. Comisión de Derechos Humanos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela del Estado Táchira
  18. Convite AC
  19. Dale Letra
  20. Federación Nacional de Sociedades de Padres y Representantes (FENASOPADRES)
  21. Fundación Ángeles de Calle
  22. Fundación Hazlo Posible
  23. Fundación Luz y Vida
  24. Hogar Virgen de los Dolores
  25. Humano Derecho Radio Estación
  26. Instituto Investigaciones Jurídicas UCAB
  27. Laboratorio de Paz
  28. Misión Hogares de Cristo
  29. Observatorio Venezolano de la Salud
  30. Observatorio Venezolano de Violencia Escolar
  31. Padres Organizados de Venezuela
  32. Prepara Familia
  33. PROADOPCIÓN
  34. Promoción Educación y Defensa en DDHH (PROMEDEHUM)
  35. PROVEA
  36. Proyecta Ciudadanía
  37. Red de Casas Don Bosco
  38. Red por los Derechos Humanos de Niños, Niñas y Adolescentes (REDHNNA)
  39. Sinergia, Red Venezolana de Organizaciones de Sociedad Civil
  40. Un Mundo Sin Mordaza
  41. Una Ventana a la Libertad
  42. Unidad de Psicología “Padre Luis Azagra S.J.” del Parque Social UCAB
  43. Unión Vecinal para la Participación Ciudadana